ÚLTIMAS NOTICIAS![]() Las convenciones 138 (1973) y 182 (1999) de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) definen como trabajadores infantiles a los menores de 12 años que realizan actividades remuneradas, a los de 12 a 14 años que realizan trabajos más que livianos, y a todos los niños y niñas sometidos a las peores formas de trabajo infantil, por medio de las cuales se les esclaviza, se les recluta a la fuerza, se les prostituye, se les somete a la trata, se les obliga a cometer actividades ilegales o se les pone en peligro. |